22 de octubre de 2026

México Implementa Medidas para Combatir la Violencia Digital en Plataformas sin Sanciones

Claudia Sheinbaum, presidenta de México, ha firmado un decreto destinado a asegurar espacios digitales seguros para niñas, niños y adolescentes. Esta iniciativa impone una serie de requisitos que las plataformas digitales deberán cumplir para evitar que los usuarios más jóvenes se expongan a contenidos que fomenten la violencia, el acoso y conductas autodestructivas. A pesar de que estas directrices son de carácter obligatorio, el mecanismo de regulación no contempla sanciones para aquellos servicios que no cumplan con la normativa.

Luisa María Alcalde, consejera jurídica del Ejecutivo Federal, enfatizó que el decreto se basa en el artículo 101 Bis de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Este artículo establece la responsabilidad del Estado de garantizar un acceso seguro y adecuado a Internet, implementando medidas para prevenir y abordar incidentes de ciberacoso y otras agresiones que puedan poner en riesgo la intimidad, privacidad, seguridad y dignidad de los menores.

Diálogo con Empresas Tecnológicas

Alcalde destacó que el gobierno federal mantuvo conversaciones con representantes de diversas empresas tecnológicas para discutir el contenido del decreto y su implementación. Las conversaciones incluyeron a Meta, Microsoft, Apple, TikTok, X (anteriormente Twitter), Google y Huawei. “Apreciamos la disposición de todas las plataformas, que, en lugar de oponerse, entendieron la necesidad de contar con un instrumento de este tipo,” afirmó Alcalde. Las compañías también compartieron sus avances en este ámbito, y se constató que ya están identificando y eliminando contenido nocivo.

Contenido del Decreto y Sus Implicaciones

El decreto establece específicamente que los servicios digitales no deben permitir que los usuarios más jóvenes accedan o sean expuestos a contenidos que promuevan conductas como:

  • Discursos de odio y extremismo violento.
  • Abuso, explotación o violencia sexual.
  • Suicidio, autolesiones deliberadas y trastornos alimenticios.
  • Violencia en el entorno escolar.
  • Acoso y ciberacoso.
  • Conductas ilícitas.
  • Material sexual explícito.

Las plataformas tecnológicas deberán asegurar desde su diseño la protección de los menores, implementando mecanismos de verificación de edad, herramientas de supervisión parental, sistemas de denuncia y funciones de privacidad predeterminadas. Además, deberán identificar y eliminar de forma inmediata las cuentas o publicaciones que promuevan cualquier tipo de violencia, así como clasificar el contenido según la edad de sus usuarios.

Colaboración con Autoridades y Plazos de Implementación

El decreto también establece que las plataformas deben colaborar con las instancias de seguridad y procuración de justicia, habilitando un punto de contacto disponible las 24 horas para atender solicitudes de información de las autoridades, preservar y entregar evidencias que faciliten las investigaciones, e implementar un sistema de alerta inmediata para detectar contenidos que amenacen la vida. Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las plataformas tendrán un plazo de 30 días naturales para informar sobre las acciones implementadas en cumplimiento de estas disposiciones, siendo la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) la encargada de supervisar este proceso.

Desafíos y Críticas a la Nueva Regulación

A pesar de la obligatoriedad del decreto, es importante señalar que no se han establecido sanciones para los servicios que no lo cumplan. Sheinbaum indicó que, si se observan incumplimientos, se consideraría pasar a una ley que imponga sanciones a las plataformas. Alcalde agregó que se instruye a la Consejería Jurídica a crear una mesa de trabajo para coordinar posibles regulaciones adicionales que fortalezcan la protección en el entorno digital.

A pesar de que el gobierno federal considera este decreto como un primer paso hacia la responsabilidad de las plataformas en la difusión de contenidos violentos, algunos expertos han señalado vacíos que podrían afectar su efectividad. El decreto se aplica a plataformas digitales que permiten la interacción y el intercambio de contenidos, pero se ha precisado que los servicios de mensajería cifrada no estarían sujetos a estas disposiciones, lo que podría limitar su impacto.

Preocupaciones sobre Definiciones y Libertad de Expresión

Expertos en telecomunicaciones han expresado preocupaciones sobre las ambigüedades en las definiciones dentro del decreto. Por ejemplo, la falta de claridad sobre cómo se determinará la edad de los usuarios podría hacer que las prohibiciones sean difíciles de aplicar. Gerardo Flores, especialista en telecomunicaciones, señaló que términos como “conductas ilícitas” y “discursos de odio” carecen de definición, lo que podría delegar en las plataformas la responsabilidad de decidir qué contenido está prohibido.

Fernando Gutiérrez Cortés, director de la División de Humanidades y Educación del Tecnológico de Monterrey, coincidió en que estas definiciones ambiguas podrían amenazar la libertad de expresión. El académico argumentó que es crucial definir con precisión lo que se considera promoción de violencia, ya que mostrar violencia no implica necesariamente incitarla. Un periodista que documenta un conflicto bélico o un investigador que estudia movimientos extremistas no están incitando a la violencia, lo que resalta la necesidad de un enfoque cuidadoso en la regulación de contenidos digitales.